Qué sucede si el trabajador es apto con restricciones y no puede trabajar de noche?

La empresa, ante un certificado médico que califica al trabajador como “apto con restricciones” e indica que “no debe realizar trabajo nocturno”, debe adaptar el puesto de trabajo del empleado para excluirle de la realización de trabajo nocturno, garantizando su protección en materia de salud y seguridad, y, en su caso, proceder a su traslado a un puesto diurno para el que sea profesionalmente apto, siempre que exista vacante. Esta actuación es obligatoria y no constituye una modificación sustancial de condiciones de trabajo, sino el cumplimiento de una obligación legal en materia de prevención de riesgos laborales.
¿Qué obligaciones legales tiene la empresa en materia de prevención y protección de la salud del trabajador?
La empresa está obligada a garantizar la protección de la salud y seguridad de los trabajadores especialmente sensibles, lo que incluye la adaptación del puesto de trabajo o el cambio a un puesto compatible con las restricciones médicas. La negativa a realizar trabajo nocturno por prescripción médica debe ser respetada, y la empresa debe acreditar, en su caso, la imposibilidad de adaptación o inexistencia de vacantes compatibles. El incumplimiento de estas obligaciones puede dar lugar a responsabilidad empresarial, incluyendo la nulidad de medidas discriminatorias y la imposición de recargos de prestaciones.
¿Qué derechos asisten al trabajador en este contexto?
El trabajador tiene derecho a la protección frente a los riesgos laborales y a que se adopten las medidas necesarias para salvaguardar su salud, incluyendo la adaptación del puesto, el cambio a un puesto diurno y la no realización de trabajo nocturno si así lo determina el informe médico. Además, la empresa debe respetar la confidencialidad de los datos médicos y limitarse a conocer la aptitud y las restricciones, sin acceder a información médica adicional .
¿Qué obligaciones tiene la empresa respecto a la adaptación del puesto de trabajo de un trabajador que ha sido calificado como “apto con restricciones” y que no debe realizar trabajo nocturno?
La empresa tiene la obligación de adaptar el puesto de trabajo del trabajador calificado como “apto con restricciones” para que pueda desempeñar sus funciones sin riesgo para su salud. Esto incluye la reubicación a un puesto diurno si el trabajo nocturno no es adecuado. La adaptación debe considerar las limitaciones del trabajador y garantizar su seguridad y salud, conforme a la normativa de prevención de riesgos laborales (ET art.39 y 41).