Cómo evito entrar en la cárcel si me han concedido la suspensión?
En caso de ser condenado a una pena de prisión, según el Código Penal Español, se puede suspender el ingreso en prisión si se cumplen determinados requisitos.
El juez revocará la suspensión y ordenará el ingreso en prisión cuando el penado sea condenado por un delito cometido durante el período de suspensión. Así que si se delinque dentro de este espacio de tiempo se revocará este beneficio y pasarás a cumplir la pena de prisión impuesta.
Lo que en principio parece claro en la práctica, como todo en derecho, ha dado lugar a varias interpretaciones.
Que el delito tiene que ser cometido en este periodo es muy obvio pero la Sentencia firme que determina la existencia de este delito ¿debe estar también dentro de este período?
La postura mayoritaria que coincide además con la mantenida por la Audiencia Provincial de Barcelona, y que a mi entender es la postura que ofrece mayor seguridad jurídica, es que se exige que tanto la comisión del hecho delictivo como la Sentencia firme condenatoria de ese delito se produzcan dentro del periodo de suspensión.
¿Qué pasaría si se comete un delito pero la Sentencia que lo condena es de fecha posterior al período de suspensión? ¿debe revocarse el beneficio de suspensión de la pena y entrar en prisión? Según lo anterior la respuesta sería no.
En definitiva lo importante para evitar el ingreso en prisión es que la Sentencia que condena la existencia del delito cometido en el período de suspensión sea firme con posterioridad a ese período.
Por lo tanto, la fecha de la Sentencia es el elemento principal a tener en cuenta para la remisión definitiva de la pena o la revocación de la suspensión: la comisión del nuevo hecho delictivo y la firmeza de la sentencia condenatoria deben producirse durante el período de garantía.