¿Se puede resolver un contrato de alquiler por necesidad de un familiar enfermo?

En ocasiones, un propietario se encuentra en la necesidad de recuperar su vivienda arrendada para destinarla al cuidado de un familiar enfermo. ¿Es posible resolver un contrato de alquiler en estos casos? La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) y la jurisprudencia han abordado esta situación, permitiendo la resolución del contrato siempre que se cumplan ciertos requisitos de necesidad, seriedad y acreditación.

¿Cuándo se puede recuperar la vivienda por necesidad de un familiar?

La LAU permite al arrendador recuperar la vivienda para destinarla a vivienda permanente para sí mismo o sus familiares de primer grado (ascendientes o descendientes) cuando concurra una necesidad objetiva y justificada.

En casos de enfermedad de un familiar, se debe demostrar:
✅ La relación de parentesco (padre, madre, hijo, hija).
✅ La existencia de la enfermedad mediante informes médicos.
✅ Que la situación de salud requiere atención o cuidados que justifican residir en esa vivienda.
✅ Que no existe otra vivienda adecuada para satisfacer esta necesidad.

¿Qué pasos debe seguir el propietario?

Para evitar problemas y posibles desestimaciones judiciales, es esencial:

1️⃣ Realizar un requerimiento fehaciente al inquilino, informando de la causa de necesidad, con una antelación mínima de 2 meses antes de la fecha en que se necesite la vivienda.

2️⃣ Aportar documentación médica y justificativa de la necesidad del familiar, así como documentación de parentesco.

3️⃣ Demostrar que la necesidad no es artificial y que se trata de una situación sobrevenida, no de una excusa para recuperar la vivienda.

4️⃣ Si el inquilino se opone, el arrendador podrá interponer una demanda judicial, donde deberá probar la necesidad real y seria.

¿Qué dicen los tribunales sobre estos casos?

Los tribunales han reconocido la posibilidad de recuperar la vivienda en situaciones como:

  • Cuando el propietario necesita la vivienda para su padre enfermo de Parkinson que requiere cuidados constantes.
  • Cuando la madre del propietario carece de vivienda propia y padece una enfermedad que le impide vivir sola.
  • Cuando se acredita con informes médicos y prueba documental que el familiar necesita cuidados en el domicilio que se pretende recuperar.

En todos estos casos, la clave está en demostrar que la necesidad es real, objetiva y prioritaria frente a la continuación del arrendamiento.

¿Qué riesgos existen para el propietario?

⚠️ Falta de prueba suficiente: Si no se acredita correctamente la enfermedad o la imposibilidad de atender al familiar en otro lugar, el juzgado puede desestimar la demanda.
⚠️ Existencia de otras viviendas disponibles: Si se acredita que el arrendador o el familiar tienen otra vivienda adecuada, puede considerarse que no existe una necesidad real.
⚠️ Errores en la comunicación al inquilino: Si el requerimiento previo no es fehaciente o no se realiza con la antelación legal, la resolución puede ser anulada.
⚠️ Posibles situaciones de vulnerabilidad del inquilino: Aunque el derecho del propietario prevalece, algunos juzgados pueden ponderar circunstancias de vulnerabilidad del arrendatario.

Conclusión

Recuperar una vivienda arrendada por necesidad de un familiar enfermo es posible, pero requiere una actuación rigurosa:

✅ Reunir toda la documentación médica y de parentesco.
✅ Justificar que la causa es real, seria y prioritaria.
✅ Realizar correctamente el requerimiento previo con la antelación legal.
✅ Preparar la prueba documental y testifical en caso de oposición del inquilino.

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Preguntas frecuentes sobre la resolución del contrato por necesidad de un familiar enfermo

1️⃣ ¿Qué grado de parentesco permite recuperar la vivienda por necesidad de un familiar enfermo?
La Ley permite recuperar la vivienda para destinarla a vivienda habitual del arrendador o de familiares de primer grado, es decir, padres, madres, hijos o hijas. En algunos casos excepcionales, también podría valorarse la necesidad para un cónyuge separado o divorciado.


2️⃣ ¿Qué ocurre si el arrendatario no quiere abandonar la vivienda pese a la notificación?
Si el arrendatario no entrega la vivienda tras el requerimiento fehaciente y dentro del plazo legal, el arrendador podrá interponer una demanda judicial de resolución de contrato por necesidad, aportando toda la prueba que justifique la necesidad de recuperar la vivienda.


3️⃣ ¿Qué documentos debo aportar para acreditar la necesidad por enfermedad de un familiar?
Es recomendable aportar:
✅ Informe médico actualizado que justifique la enfermedad y la necesidad de cuidados.
✅ Libro de familia o certificado que acredite el parentesco.
✅ Documentación que demuestre que la vivienda arrendada es adecuada para la atención del familiar enfermo.
✅ Justificación de que no existe otra vivienda adecuada para cubrir esta necesidad.


4️⃣ ¿Cuánto tiempo antes debo avisar al inquilino de que necesito recuperar la vivienda?
Debes realizar un requerimiento fehaciente con al menos 2 meses de antelación antes de la fecha en la que necesites disponer de la vivienda, indicando de forma clara y motivada la causa de necesidad y las circunstancias que la justifican.


5️⃣ ¿El inquilino puede negarse alegando vulnerabilidad o que tiene hijos menores?
La ley no impide la resolución del contrato por necesidad aunque el inquilino tenga hijos menores o alegue vulnerabilidad. No obstante, en casos excepcionales, los tribunales pueden ponderar estas circunstancias, por lo que es importante acreditar que la necesidad del arrendador es real, prioritaria y objetivamente justificada.


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