¿Cómo se calcula la indemnización por despido improcedente en trabajadores fijos discontinuos?

El Tribunal Supremo (TS 20-5-2025, EDJ 587125) ha aclarado nuevamente cómo debe calcularse la indemnización por despido improcedente de los trabajadores fijos discontinuos, resolviendo una duda habitual en empresas y trabajadores:
¿Deben computarse solo los periodos efectivamente trabajados o también los periodos de inactividad entre campañas?

La respuesta es clara: la indemnización por despido de los trabajadores fijos discontinuos se calcula únicamente con base en los periodos de actividad en los que el trabajador haya prestado servicios, no en los periodos de inactividad.


¿Por qué no se computan los periodos de inactividad?

El Estatuto de los Trabajadores (art. 56.1) establece que la indemnización por despido improcedente se calcula en “33 días de salario por año de servicio”.

El Tribunal Supremo ha recordado que:

✅ La indemnización por despido compensa la extinción del contrato en función del tiempo de servicio efectivo, y durante los periodos de inactividad no existe prestación de servicios, por lo que no pueden computarse para este cálculo.
✅ Si se incluyesen los periodos de inactividad, la indemnización no se calcularía en función del tiempo real de trabajo, sino del tiempo natural transcurrido, rompiendo la proporcionalidad entre prestación de servicios y la compensación.
✅ No existe discriminación, ya que el trabajador fijo discontinuo recibirá una indemnización equivalente a la de un trabajador fijo a tiempo completo con el mismo tiempo de prestación efectiva de servicios.


¿Qué dice la jurisprudencia europea?

Aunque el TJUE ha declarado que para derechos económicos y promoción profesional debe considerarse el tiempo total de duración de la relación laboral (incluyendo inactividad), el Tribunal Supremo ha aclarado que esta doctrina no se aplica al cálculo de la indemnización por despido, ya que:

  • La indemnización por despido es extrasalarial y se calcula en función del tiempo de servicio efectivo.

  • La finalidad es compensar la extinción en proporción al tiempo efectivamente trabajado, no al tiempo total transcurrido en la empresa.


¿Qué ocurre si hubo contratos temporales en fraude de ley antes del contrato fijo discontinuo?

Si el trabajador prestó servicios con contratos temporales previos en fraude de ley, dichos periodos deben incluirse en el cálculo de la antigüedad a efectos de indemnización.

✅ Se considerará como un único vínculo laboral si existía una necesidad de trabajo intermitente o cíclica, con intervalos separados pero reiterados y homogéneos en el tiempo.

✅ De este modo, los periodos de actividad de los contratos temporales en fraude de ley se suman a los periodos trabajados como fijo discontinuo para calcular correctamente la indemnización.


Conclusión

✅ La indemnización por despido improcedente de los trabajadores fijos discontinuos se calcula únicamente sobre los periodos efectivamente trabajados, no sobre los periodos de inactividad entre campañas.

✅ Si existieron contratos temporales previos en fraude de ley con la misma empresa, deben incluirse en el cálculo, sumando los periodos de actividad de dichos contratos.

✅ Este criterio garantiza la proporcionalidad entre la prestación de servicios y la compensación por despido, evitando discriminaciones injustificadas.


Preguntas frecuentes

1️⃣ ¿Me tienen que pagar indemnización por los meses de inactividad como fijo discontinuo?
No. Solo se computan los periodos efectivamente trabajados, no los de inactividad entre campañas.


2️⃣ ¿Qué ocurre si trabajé antes con contratos temporales fraudulentos?
Si esos contratos se realizaron en fraude de ley, los periodos trabajados bajo esos contratos se sumarán a los periodos como fijo discontinuo para calcular la indemnización.


3️⃣ ¿El salario base para calcular la indemnización cuál es?
Se utiliza el salario del último mes trabajado, ajustado a la jornada y salario regulador del despido.


4️⃣ ¿No es discriminatorio que no cuenten los periodos de inactividad?
No, ya que se mantiene la proporcionalidad con el tiempo realmente trabajado y el salario regulador de cada trabajador.


5️⃣ ¿Qué puedo hacer si considero que mi indemnización está mal calculada?
Puedes reclamar el cálculo correcto a la empresa o interponer demanda en el Juzgado de lo Social en el plazo de 20 días hábiles.


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