El Despido de Trabajadores en Situación de Baja Médica
El despido de un trabajador durante una situación de incapacidad temporal (baja médica) por realizar actividades incompatibles con su recuperación o que revelen un carácter fraudulento del proceso ha sido objeto de debate judicial. Dos sentencias recientes, la STSJ País Vasco (Social) de 19 de septiembre de 2024 y la STSJ Cataluña (Social) de 10 de enero de 2019, arrojan luz sobre los límites y las circunstancias que justifican un despido disciplinario en estos casos.
Obligaciones del Trabajador en Baja Médica
Aunque el contrato laboral se encuentra suspendido durante la incapacidad temporal, el trabajador sigue obligado a cumplir los deberes de buena fe contractual, lo que implica:
- Evitar actividades incompatibles con su recuperación.
- Abstenerse de realizar acciones que puedan demostrar una aptitud laboral fraudulenta.
Sin embargo, no toda actividad realizada durante la baja médica justifica un despido disciplinario. Según la STSJ País Vasco (Social) de 19 septiembre de 2024 , la sanción de despido solo se justifica en casos de:
- Actividades que perjudiquen la recuperación del trabajador.
- Conductas que evidencien un carácter fraudulento del proceso de incapacidad.
- Incumplimientos graves, trascendentes o injustificados.
Ejemplo: La Sentencia del TSJ País Vasco
En esta sentencia, se reitera que la suspensión del contrato no exime al trabajador de sus obligaciones. No obstante, se precisa que el despido debe reservarse para conductas de especial gravedad, como actividades que:
- Retrasen o comprometan la recuperación.
- Muestren que el trabajador está en condiciones de trabajar pese a estar en baja.
Abuso de Confianza y Transgresión de la Buena Fe
La STSJ Cataluña (Social) de 10 enero de 2019 establece un caso paradigmático donde el trabajador vulneró gravemente la confianza de la empresa al realizar actividades económicas durante su baja médica.
Hechos relevantes del caso:
- La trabajadora, el mismo día que inició su baja, comenzó un curso de formación presencial con prácticas externas.
- Inició una actividad mercantil por cuenta propia en el sector de productos de belleza, siendo accionista de una entidad y realizando actividades comerciales.
- Aprovechó la cobertura económica de la baja para generar ingresos adicionales mientras la empresa seguía asumiendo las cotizaciones y el coste de un sustituto.
La sentencia declaró procedente el despido disciplinario por:
- Abuso de confianza: La trabajadora utilizó el tiempo de baja para fines económicos.
- Incompatibilidad con la recuperación: Las actividades realizadas no solo eran laborales, sino que tampoco se demostró que no perjudicaran su recuperación.
Límites y Derechos en el Despido durante la Baja
Aunque las actividades inadecuadas durante una baja médica pueden justificar un despido disciplinario, no todas las acciones realizadas en este periodo son sancionables.
1. Actividades compatibles con la baja
- Acciones que no interfieran en la recuperación del trabajador.
- Formación o actividades recreativas siempre que no perjudiquen la salud.
2. Actividades incompatibles
- Trabajos similares al que desempeñaba en la empresa.
- Actividades que requieran esfuerzo físico o mental incompatible con la recuperación.
- Conductas que demuestren aptitud laboral mientras se perciben prestaciones por incapacidad.
¿Qué deben demostrar las empresas?
Para justificar un despido disciplinario, la empresa debe acreditar:
- La incompatibilidad de las actividades con la recuperación del trabajador.
- La existencia de un abuso de confianza o fraude que vulnere la buena fe contractual.
- Que el comportamiento del trabajador es lo suficientemente grave como para romper la relación laboral.
Conclusión
Las actividades realizadas durante la baja médica no justifican automáticamente un despido disciplinario. Según la jurisprudencia, la sanción debe estar reservada para casos graves donde el trabajador actúe de forma incompatible con su recuperación o viole la confianza de la empresa.
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El equilibrio entre la recuperación del trabajador y el respeto a la buena fe contractual es esencial para mantener relaciones laborales justas y transparentes.