Ante la creciente preocupación de los propietarios por la figura de los «inquiokupas», muchos han optado por incluir seguros de impago en los contratos de arrendamiento. Sin embargo, una reciente sentencia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 7 de Parla puede generar un cambio significativo en esta práctica.
En este caso, una inquilina demandó al propietario por obligarla a asumir el coste del seguro de impago, y el juez falló a su favor. La sentencia declaró ilegal la cláusula que imponía el pago de dicho seguro, señalando que era abusiva. Según el juez, este tipo de cláusulas rompen el equilibrio contractual, ya que el seguro protege exclusivamente al arrendador, imponiendo al arrendatario un gasto que no le corresponde.
El seguro de impago surgió como una medida para proteger a los propietarios de impagos de alquiler, cubriendo varios aspectos, como el reembolso de rentas impagadas, asistencia legal y gastos relacionados con el desahucio. Sin embargo, la sentencia subraya la importancia de no trasladar su coste al inquilino, ya que ello genera un desequilibrio en las obligaciones contractuales.
Esta resolución podría marcar un antes y un después en el sector inmobiliario, obligando a replantear cómo se estructuran los contratos de alquiler y la imposición de estos seguros.
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