Qué ocurre si le okupan la casa al inquilino?

El problema que planteamos hoy es quién es el responsable en caso de que okupen la vivienda al arrendatario, que tiene contrato de arrendamiento en vigor. Un juzgado de Barcelona dio la razón al propietario en un asunto en el que le okuparon la vivienda al arrendatario antes de realizar la entrega de llaves, por lo que se planteó si el arrendador debía soportar la okupación, o si por el contrario el que debía hacerse responsable era el arrendatario.
El arrendador no aceptó la renuncia del arrendatario porque no entregaba la posesión de la misma. El juzgado señala que la renuncia al contrato de arrendamiento no puede comportar la extinción del mismo puesto que no se devuelve de forma efectiva la posesión.
El art. 1560 cc dispone que
“El arrendador no está obligado a responder de la perturbación de mero hecho que un tercero causare en el uso de la finca arrendada; pero el arrendatario tendrá acción directa contra el perturbador.
No existe perturbación de hecho cuando el tercero, ya sea la Administración, ya un particular, ha obrado en virtud de un derecho que le corresponde.”
El art. 1561 cc: El arrendatario debe devolver la finca, al concluir el arriendo, tal como la recibió, salvo lo que hubiese perecido o se hubiera menoscabado por el tiempo o por causa inevitable.
Art. 1563 cc: El arrendatario es responsable del deterioro o pérdida que tuviere la cosa arrendada, a no ser que pruebe haberse ocasionado sin culpa suya.”
El juzgado señala que no puede oponer ante la propiedad la ocupación del bien por terceras personas , pues era él el que tenía el control sobre el bien, y la ley impone la obligación de devolver la posesión del mismo en el momento en que finalice el contrato de arrendamiento.
Comentarios
Janny Rocabado Ribera
Hola buenos días ,
Yo estuve más antes de okupa en un piso por un año y 8 meses pero ahora gracias a Dios y mis esfuerzo me han concedido el alquiler social pero en ese tiempo q estuve de okupa estaban tbiem otras personas q les dejé q estén conmigo por q no tenían donde vivir pero yo les dije q cuando me saliera el contrato de alquiler se tendrían q ir y lo aceptaron me prometieron irse si me daban el alquiler social ,pero ahora me salen q no se van a ir q solo el juzgado los podrá sacar me engañaron al decirme q se irían y estoy desesperada y agobiaba con esta gente aquí por q aparte q son dos parejas y una niña y el piso es pequeño no tenemos vida tranquila con estas personas aquí y sin unos aprovechadores q se creen q tienen derecho todavía aquí en el piso estoy q no puedo ya con esta gente vividora y aprovechadora hasta ni ganas de comer tengo .por favor ayúdeme que puedo hacer si tiene solución o no mi problema .muchas gracias .saludos
Del Coso Abogados
Apreciada sra. Siento por la situación que está pasando. La situación no es sencilla. Mi consejo es que solicite un abogado de oficio.
Francisco Gómez 4
Hola ne esito ayuda,me an desahuciado del piso de alquiler por no pagar tres meses.
Pero mi pregunta es !!si mi hermano que tiene una incapacidad total se que da de okupa y yo me voy, que pasaría?
Del Coso Abogados
La okupación es un delito.
ALONSO
Buenos días;
He firmado la entrega de la vivienda por parte de mi inquilina que acumula impagos de suministros y alquiler. Estos últimos días ella tenía una habitación subarrendada e indicaron que se iban hace dos días. Hemos firmado con la inquilina y la sorpresa es que estas personas (son dos sin papeles) no se han ido. Al tener las llaves deben de haber entrado de nuevo. E Iberdrola ha cortado la luz por el impago de ella. El corte de la luz se hizo el 5 julio y hemos firmado el 8 julio su salida. La verdad es que como propietaria, no se como actuar ni que debo hacer.
Me siento desprotegida por unos y otros y ellos con todos los derechos.
Muchas gracias
Del Coso Abogados
Siempre hay que hacer la entrega de llaves en el piso para asegurarse que no hay nadie alli.
Sandra
Buenas tardes, mi inquilino ha subarrendado las hab. Están en literas como 3 por hab. Pagando 350 eurod cada uno, y hay 8 persokas en la casa, a mí las facturas de agua me ha subido el consumo porque lo tengo s mi nombre .Uno de ellos q vive dentro me ha mandado fotos y ha hablado conmigo para que vea lo que está haciendo la inquilina. No me ha pagado este mes, y le he mandado un burofax porque mi hijo necesita la vivienda y no contesta ni se quiere manchar. Dice que en 2 meses van a traer a sus hijas menores de su país para que así les ampare la ley. Y un amigo suyo le va a hacer una reforma para hacer una planta más para más habitaciones. Estoy desesperada. El abogado me ha dicho que se tarda 3 años en un desalojo. Cómo es esto posible???? Estamos desamparados!!Qué puedo hacer
Del Coso Abogados
tendría que iniciar un procedimiento por subarriendo inconsentido. Si no lo inicia, nunca tendrá una resolución judicial.
Si le impagan también podrá hacerlo por impago de rentas. Aunque hay que tener en cuenta si usted es gran tenedor, dónde está la vivienda, etc
Consuelo Torrero
Mi hermano tiene un piso arrendado de por vida. En la pandemia lo lleve a una residencia, por mediación de empleada que me hacía la limpieza, le dejé a su primo vivir a cambio de los gastos del piso.Sin mi permiso está empleada metió a una familia sin papeles con una hija y otra de camino.Estoy desesperada porque se enfrentaron al chico,están en juicio porque dice la mujer que la pego, lo echaron y ahora se hicieron los amos del piso.Hacen fiestas hasta altas horas y lo vecino me dan las quejas.
El dueño del piso no aparece, era de ina inmobiliaria que posiblemente quedro.Mi hermano quiere ir a su casa de vez en cuando pero no puede por estar ocupada.Que solución tengo?Gracias.
Del Coso Abogados
cuando sucedió? tendría que presentar una demanda de desahucio
Jesús Vicente
Tengo un amigo de nacionalidad china que la habían alquilado un piso y al salir de él y visitar a su hermano en Alicante a su vuelta la habían ocupado y ahora le están obligando a pagar mes a mes y en nuestra vivienda puesto que está en mi casa altruistamente.
Pues bien la persona que era ocupado el piso no quiere le está exigiendo el pago al arrendador y el pago de la luz y el agua así como de la mensualidades cuando esta segunda persona que ha ocupado la vivienda le ha hecho un contrato ilegal a una tercera persona que es dicho señor como digo al que le ha cogido en mi casa mientras él por miedo rehúsa de mandarle judicialmente y la extorsiona con amenazas y algo más grave aparte de la mensualidad es el agua y la luz que lo obliga a pagar este señor que yo tengo acogido por miedo está lleva 5 meses o seis pagando una mensualidad con un dinero que al ser pobre le cuesta muchísimo trabajo
Del Coso Abogados
lo que tiene que hacer es acudir al juzgado para recuperar la vivienda
Fajian
Hola desde abril nos pasamos a un piso por inmobiliaria. Al no tener papeles un “ amigo” nos prestò sus documentos con el acuerdo de que en unos meses se haría el cambio de titular a nombre mío( se le pagó por el favor). El se vino a vivir con nosotros en el piso, llegado el tiempo del cambio nos dice que no lo va a hacer y que me vaya del piso. Cabe aclarar que los servicios están a mi nombre y yo soy quien va cada inicio de mes a pagar alquiler. Ahora me siento frustrado pues el piso lo busque yo y aquí vivimos con mi esposa e hijo. Y él se aprovechó. Y ahora quiere echarnos. Que puede pasar si un día cambio las cerraduras y no dejo entre más y pues aún sigo haciéndome cargo de todos los gastos del piso,
Luis
Vivo yo solo, en un piso alquilado de un banco a nombre de una amiga mía y estoy empadronado allí y pago el alquiler y los servicios de forma puntual
Soy pensionista de pensión minima no contributiva.
Es posible que cuando acabe el contrato de 5 años, el banco me pida que me vaya, y yo quiero seguir pagando y viviendo allí, ya que la cantidad a pagar, que va subiendo cada año, me la puedo permitir.
Que puedo hacer para seguir pagando y viviendo allí
Gracias !!
Alberto
Hola.
Le he dejado mi apartamento alquilado a una “amiga” que se iba a operar
de una intervención mediante un pacto verbal y haciendose cargo de los gastos.
Ahora a cambiado la cerradura,no responde al telefono y todo son excusas.No siquiera cumple con nuestro pacto.
Cual seriá la mejor opción y rápida para poder recuperar el apto?
Muchiiisimas gracias.
Sebastian
Hola buenas:
El 18 de marzo de 2025 firmé el contrato de arrendamiento de una vivienda gestionada por la inmobiliaria “Alquila Tu Hogar”, y el 20 de marzo firmé la recepción de llaves dentro del inmueble. Sin embargo, jamás pude entrar a vivir allí. En menos de 48 horas, el 22 de marzo, la vivienda fue ocupada ilegalmente, tal como consta en una denuncia policial realizada por un vecino del 2º-7ª. El 25 de marzo intenté acceder al piso y comprobé que era imposible habitarlo. A pesar de enviar cuatro burofax y múltiples comunicaciones formales exigiendo una solución, la inmobiliaria no resolvió nada y me trasladó la responsabilidad total. Ante esta situación, presenté denuncias en Consumo, AEPD, DGSFP, y finalmente una querella criminal por estafa continuada, solicitando también la nulidad del contrato por cláusulas abusivas. Se trata de un fondo Buitre Cerberus Capital. Toda esta actuación por parte de la inmobiliaria apunta a un posible fraude estructurado.
Sebastian
RELATO DE LOS HECHOS Caso: Alquila tu Hogar – Alquiler fraudulento con okupación ilegal– Madrid Fecha de inicio del conflicto: 13 de marzo de 2025 INICIO DEL PROCESO DE ALQUILER (13 al 20 de marzo de 2025) El 13 de marzo de 2025, nuestro padre Angelo NIE visitó por primera vez el piso ubicado en Puente de Vallecas – Madrid, ofrecido en alquiler por la inmobiliaria Alquila Tu Hogar, con cuyo comercial Mario ya habíamos pautado una cita pocos días antes a través de la app Idealista, y quien mostraría personalmente el inmueble a nuestro padre. A pesar de notar desperfectos que no resultaban del todo favorables, y considerando que el piso no era precisamente ideal según lo visto y hablado con nuestro padre, decidimos avanzar debido a la urgencia de encontrar una vivienda, lo que nos llevó a considerar esta alternativa como la única viable en ese momento. Estábamos con nuestros padres de 67 y 71 años en una situación de vulnerabilidad habitacional, con pocas opciones disponibles, altísimas sumas de dinero como requisitos para alquilar que no disponemos y el tiempo en contra, y que además, el comercial Mario ya tenía perfecto conocimiento de nuestra urgencia, ya que fue quien estuvo gestionando todo desde el primer contacto el día 4 de marzo para una visita concertada con mi padre a un primer piso ubicado en Ramón de Calabuig 62, piso que después de enviar todos los documentos y decidir cogerlo nos dijeron que ya no estaba disponible porque se había vendido.. y fue cuando nos ofreció el piso ubicado en Puerto de Almansa 39 que fue okupado ilegalmente. Desde el principio sabía la necesidad que teníamos de vivienda para ellos y se negó a aceptar los documentos de Amadeo (como nómina y contrato de trabajo) porque su sueldo era muy escaso y dijo que mejor solo nosotros metiéramos los documentos para el estudio de solvencia. Al día siguiente, el 14 de marzo, firmamos un contrato de reserva mediante las plataformas digitales Belender y DocuSign, efectuando el pago de 995 euros como seña a la Cta No. ES72 0049 Titular Promontoria MACC Re Socimi S.A.U. Esta cantidad fue transferida por Sebastián desde el banco Santander en concepto de garantía para que la empresa evaluara nuestros documentos con la promesa de que, si todo estaba en orden, continuaríamos con el contrato definitivo, si no, sería devuelto el dinero. Si nos pareció muy extraño que el comercial nos pidiera un pin que recibimos en nuestro móvil cada uno. Y más aún cuando estos decían Seguridad Social y Agencia Tributaria. Puesto que no nos informaron de ninguna manera que ingresarían a estas Administraciones Públicas en específico ni quien, cosa que debería estar en un consentimiento informado y no en una cláusula abierta del contrato digital. Pero no le dimos más importancia en el momento. El 18 de marzo, tras la revisión y aprobación de nuestra documentación, nos informaron que podíamos proceder con la firma del contrato de arrendamiento. Esta firma se realizó gualmente a través de las plataformas online Belender y DocuSign, con un contrato extenso de 36 páginas que contenía múltiples cláusulas de difícil negociación y con condiciones predispuestas por parte del arrendador. Aun así, dadas las circunstancias, lo firmamos para no perder la posibilidad de tener un lugar donde vivir. El 20 de marzo, los 3 (Amadeo, Sebastián y Laura) recibimos oficialmente las llaves del inmueble in situ (dentro de la propiedad) de la mano del mismo comercial Mario quien acudió para realizar también un reportaje fotográfico del estado inicial del piso y nos hizo la entrega con una firma digital. Durante la visita que duró menos de 30 minutos, preguntamos por la falta de persianas exteriores y de más desperfectos como levantamientos del suelo, un bote de agua del lavamanos, ventanas con unas cerraduras frágiles y descuadradas y zonas de las paredes abombadas por antiguas humedades, a lo que el comercial respondió que eso estaba así y que no nos preocupáramos de nada. En ese momento abrió 2 expedientes en el portal web del inquilino, uno por el bote de agua y el otro porque tampoco servían las llaves del buzón. Finalmente firmamos en la tablet del comercial el “Acta de entrega de llaves”. En ese mismo momento mientras recibiamos las llaves y nos paseaban para el registro fotográfico, también acudió un técnico que, sin explicaciones claras, retiró la alarma instalada en la vivienda, y hasta se cayó la jamba de la puerta.. algo que en retrospectiva se vuelve altamente sospechoso. A los pocos minutos se retiraron tanto el comercial como el técnico, y un pocos minutos después nosotros (nuestro padre y nosotros Sebastian y Laura). Al no poder mudarnos de inmediato por motivos logísticos, obviamente cerramos la puerta del piso con llave y nos retiramos, planeando regresar unos días después, para recibir los electrodomésticos comprados especialmente para nuestra instalación definitiva. DESCUBRIMIENTO DE LA OCUPACIÓN Y PRIMEROS CONTACTOS CON LA POLICÍA (22 al 25 de marzo de 2025) El 22 de marzo, apenas dos días después de recibir las llaves del piso y sin habernos mudado aún, el vecino del piso de arriba contacta por primera vez a la policía al detectar ruidos y la presencia de personas ajenas al inmueble intentando entrar. La policía acude al lugar, identifica una ocupación ilegal e interviene en el momento. Según el testimonio del propio vecino, las personas fueron detenidas, y se nos indicó que el caso había quedado registrado oficialmente en el sistema judicial. Con el Atestado No. 7872/25 El 23 de marzo, nuevamente según el posterior relato del mismo vecino, se repitió un episodio de intento de ocupación, que él también denunció a las autoridades. Aunque no contamos con un documento formal de este hecho, su testimonio es directo y coherente con el resto de los acontecimientos. Sobre estos eventos no nos enteramos si no hasta el día el 25 de marzo, cuando mi padre acude personalmente al piso esperando recibir la entrega de los electrodomésticos que habíamos comprado (una lavadora y una nevera a través de El Corte Inglés). Al intentar ingresar a la vivienda, descubre con estupefacción que no funcionan las llaves que nos dieron y que el bombín de la cerradura había sido cambiado. Esta situación nos generó una profunda alarma y angustia. Aún no habíamos podido trasladarnos, pero ya nuestro futuro hogar —por el cual habíamos entregado todas las garantías exigidas y un considerable esfuerzo económico— estaba en manos de desconocidos. La sensación de inseguridad, impotencia y vulnerabilidad fue abrumadora desde el primer momento. No podíamos entrar al piso del cual éramos ya oficialmente inquilinos y responsables. Mi padre detuvo inmediatamente a la patrulla de policía nacional que pasaba por la calle del inmueble, quienes subieron al lugar, y tras corroborar que éramos los inquilinos legales, confirmaron que se trataba de un caso de ocupación ilegal por usurpación. También se personó el comercial Mario D’Alessio a quién habíamos llamado para que pudiera estar al tanto de la situación. En el mismo día acudimos a denunciar los acontecimientos y en la comisaría de Policía Nacional de Puente de Vallecas – Madrid, se nos informó que el asunto ya estaba en conocimiento del juzgado de instrucción correspondiente gracias a la llamada del vecino el día 22 de marzo, y que nadie pudo contactarnos antes, y que además, por protocolo, no se nos permitiría acceder a la vivienda hasta recibir una autorización judicial. Quedamos en una especie de limbo legal, donde, a pesar de contar con todos los documentos que acreditaban nuestra legítima posesión del piso, no teníamos derecho real de ingreso ni posesión efectiva del inmueble. Ese día comenzamos a entender la gravedad y complejidad de la situación: no sólo nos sentíamos desamparados legalmente, sino que además la inmobiliaria no daba respuesta formal alguna a nuestras llamadas, correos ni mensajes. A parte que el comercial no quiso denunciar y nos insistía que nosotros éramos los únicos responsables del inmueble desde la entrega de llaves, y que la empresa nada podía hacer para denunciar. Nos encontramos completamente solos ante un conflicto que afectaba directamente a nuestra seguridad física, emocional, económica y jurídica. INACCIÓN JUDICIAL, AUSENCIA DE RESPUESTA DE LA INMOBILIARIA Y OCUPACIÓN CONSUMADA (28 al 31 de marzo de 2025) El 28 de marzo, agotados por la espera, el desconcierto y la incertidumbre, nos dirigimos a los juzgados de Plaza Castilla para conocer el estado del caso. Nuestra intención era obtener alguna resolución que nos permitiera recuperar el acceso a la vivienda. Allí nos informaron que los atestados policiales aún no habían llegado al juzgado, por lo que no se podía emitir ninguna orden judicial para recuperar el inmueble. En paralelo, también acudimos nuevamente a la comisaría de policía para solicitar orientación. La respuesta fue tan desconcertante como frustrante: podíamos intentar forzar el bombín y entrar al piso o en compañía de un oficial bajo nuestro propio riesgo, o simplemente seguir esperando a que el juzgado nos notificara. En otras palabras, la protección de nuestros derechos como inquilinos legítimos —documentalmente respaldados— quedaba completamente en nuestras manos, sin ninguna garantía ni respaldo institucional real. Todo nos empezaba a parecer cada vez más raro, la forma de contratación, la actitud del comercial al principio muy proactivo pero luego mareaba con las soluciones, la retirada de la alarma, que nunca nos hayan avisado de okupas en el edificio ni en la finca, una vecina del portal de al lado que ni siquiera quiso abrir a la policía. El comercial prometió la búsqueda de alguna solución con la empresa ya que estábamos peor que en el principio, sin tiempo, sin piso y sin los 995€. Al principio el comercial se veía bastante “preocupado” por ayudar, pero nunca concretaba nada por escrito ni nada, también entre tantas opciones nos dijo que nos darían un mes de carencia (registrado en un mensaje de voz) y hasta nos ofreció otro piso por la zona pero nunca nada se concretó. La cuestión aquí empezó a turbarse más ya que vimos en la plataforma online de alquilatuhogar.com una factura del mes de abril, cuando ni siquiera se había ni solucionado nada ni concretado nada, ni visto pìso nuevo, ni resolución del contrato, que se lo pedimos. Hice captura de pantalla de esta factura y le pregunté a Mario que significaba este cargo, cuando el era conciente de toda la situación, a lo que me respondió: “si no te preocupes es algo automático que llega a vuestro correo pero como hay un caso abierto por el tema de la ocupación tengo que esperar me den instrucciones”. “Ellos quieren poner soluciones”. El problema que sigue en esta conversación a través de llamadas telefónicas a Sebastian, es que el comercial propone que aceptemos un nuevo piso y que lo vayamos a ver, y aunque lo que verdaderamente queríamos era la resolución del contrato desde el primer acontecimiento, podíamos coger el otro piso que ofrecían en calle Sierra de Cadi 6, pero lo que le insistíamos con urgencia era anular el primer contrato antes de cambiar o firmar para el otro piso, cosa que nunca facilitó ni concretó por ninguna vía. Tras descubrir múltiples denuncias públicas y reseñas negativas en plataformas como Trustpilot, Google Maps, Youtube y Ministerio de Consumo, además de artículos web en defensa del consumidor, por abusos similares —como quedarse con fianzas o negarse a rescindir contratos incluso pasados los seis meses para su resolución estipulados en sus propias cláusulas—, es evidente que no podíamos confiar ni soltar más dinero porque sí. Durante todo este tiempo, la inmobiliaria AlquilaTuHogar mantuvo un silencio absoluto excepto por decir que debiamos actura en sacar a los ocupas lo más pronto posible para recuperar el inmueble. El comercial nos ofrecía supuestas soluciones, inclusive un mes de carencia pero en mayo, primero teniendo que pagar los días restantes de marzo y todo abril (1387.16€). Cosa que no podíamos hacer ya que en vista de no tener el piso contratado ni poder actuar debíamos conseguir otro piso pronto, lo que supone más dinero, tiempo, papeles, estrés, etc. sin respaldo formal o por escrito de que hacer, ni asesoramiento, y que además ni siquiera respondieron a nuestros reiterados intentos de contacto. Un comportamiento profundamente irresponsable, más aún tratándose de una empresa que representa a un fondo de inversión y que publicita profesionalismo y garantías. El 31 de marzo, en vista de la pasividad de todas las instituciones, decidimos —con temor y bajo presión— acudir al piso e intentar recuperar el acceso. Nuestra sorpresa fue mayúscula y traumática: las personas que habían sido desalojadas por la policía el 22 de marzo ya se habían reinstalado en el inmueble, esta vez con menores de edad, haciendo aún más compleja la situación. El mismo día 31 sobre las 17:00 nuevamente fuimos a la comisaría de calle Peña Trevinca a ampliar la denuncia, pero nada podían ellos hacer más que tomarnos la denuncia y explicarnos que estos casos pueden demorar dos semanas a dos meses. Tiempo que no teníamos para esperar, el comercial se acercó nuevamente sobre las 20 de la tarde pero siempre diciendo que él ni la empresa podían poner la denuncia porque solo nosotros éramos los afectados al ser los nuevos inquilinos porque ya habíamos hecho posesión efectiva de la finca, que él no podía hacer nada más, que al día siguiente tendría una reunión en la empresa por “nuestro caso” y que nos daría una respuesta de la situación. Le pedimos encarecidamente que nos dejara algo escrito donde dijera lo del mes de carencia, la resolución o alguna constancia de solución con el nuevo piso que nos ofrecía o que nos diera sus datos (DNI) y a lo que se negó rotundamente, aún señalando que le habíamos dejado todos nuestros documentos y que si él era de fiar podía dejarnos algo, y nada. La mayor sorpresa fue ver el cobro del mes de abril al abrir los ojos por la mañana del día 1, recibo que devolvimos inmediatamente porque nos parecía completamente fuera de lugar e injusto, primero por las promesas del comercial de la “carencia” y luego por la situación en sí misma. Obviamente le escribimos al comercial de inmediato y desde entonces nunca más respondió, el último mensaje que le envié era una petición formal a una solución o tomaríamos acciones legales hacia él y a la empresa. Aquí fue cuando realmente empezó nuestro infierno, tratando de ver qué podíamos hacer para cancelar este contrato dolo en el que la inmobiliaria no te da ninguna solución ni ayuda. INICIO FORMAL DE RECLAMACIONES, BUROFAX Y PRIMERA RESPUESTA EVASIVA DE LA INMOBILIARIA (abril 2025) Tras constatar la ocupación efectiva del inmueble el 31 de marzo, y al no recibir ningún tipo de respuesta ni apoyo por parte de la empresa AlquilaTuHogar, decidimos iniciar el proceso formal de reclamación. Durante los primeros días de abril comenzamos a documentar todo lo sucedido con pruebas, testimonios, fotografías, grabaciones y capturas de pantalla. El 2 de abril de 2025, enviamos un primer burofax con acuse de recibo dirigido directamente a la empresa AlquilaTuHogar, exigiendo una solución inmediata. En este documento solicitamos, entre otras cosas: ● La resolución inmediata del contrato sin penalización para nosotros como arrendatarios, ya que nunca tuvimos acceso real y pacífico a la vivienda. ● La devolución íntegra de las cantidades entregadas: fianza, reserva y mes de alquiler abonado. ● La eliminación y cancelación de nuestros datos personales. El contenido de este burofax fue cuidadosamente redactado y enviado a tiempo, y fue recibido por la empresa, tal como consta en el acuse de entrega. Respondiendo el siguiente correo electrónico (03/04 09:09): “Buenos días: Acusamos recibo de su comunicación, sin embargo, lamentamos no poder ayudarle. Desde el día 20 de marzo de 2025, es usted la arrendataria del inmueble y quién tiene la posesión del mismo. Le recordamos que, entre sus obligaciones contractuales como arrendataria se encuentra la de devolver la Finca al Arrendador libre, vacua, expedita y en perfecto estado de conservación (salvo el desgaste ordinario que pueda producirse del uso habitual de la Finca). En consecuencia, le recomendamos que inicie a la mayor brevedad posible las acciones judiciales pertinentes para recuperar la posesión del inmueble. Reciban un cordial saludo.” Y un segundo correo (03/04 19:34): “Buenos días: Nos reiteramos, lamentamos no poder ayudarle. Desde el día 20 de marzo de 2025, es usted la arrendataria del inmueble y quién tiene la posesión del mismo. Le recordamos que, entre sus obligaciones contractuales como arrendataria se encuentra la de devolver la Finca al Arrendador libre, vacua, expedita y en perfecto estado de conservación (salvo el desgaste ordinario que pueda producirse del uso habitual de la Finca). En consecuencia, le recomendamos que inicie a la mayor brevedad posible las acciones judiciales pertinentes para recuperar la posesión del inmueble. Reciban un cordial saludo.” Esta respuesta no solo fue completamente carente de empatía o responsabilidad, sino que además parecía una estrategia dilatoria para ganar tiempo y evadir cualquier tipo de responsabilidad directa. Todo esto ocurría mientras seguíamos sin la vivienda que habíamos “alquilado”, con nuestra mudanza suspendida, con electrodomésticos pagados esperando su destino, y sufriendo un impacto emocional severo, acompañados de una creciente sensación de impotencia, angustia y desamparo institucional. Segundo y tercer burofax – 8 de abril de 2025 Ante la persistente falta de respuesta, el día 8 de abril de 2025 procedimos al envío de dos nuevos burofax con los siguientes contenidos: 1. Suspensión del pago mensual: comunicamos de forma oficial que suspenderíamos el pago hasta que nos dieran una solución formal, dado que nunca habíamos tenido acceso pacífico y efectivo al bien contratado. No estábamos en mora ni incumpliendo el contrato, sino resguardando nuestro derecho a no pagar por un servicio no recibido. 2. Negativa a devolver las llaves: en un expediente abierto en la plataforma por Lidia Durán llamado Burofax entrega de llaves, donde respondimos que no entregaríamos las llaves hasta recibir una solución concreta, ya que devolverlas implicaría un abandono de la propiedad o incumplimiento contractual. El piso seguía ocupado por terceros y, por tanto, el incumplimiento venía de la parte arrendadora, no nuestra. Ambos burofax fueron enviados en tiempo y forma, y recibidos por AlquilaTuHogar, sin que se dignaran a dar una solución inmediata ni razonable. El día 12 de abril acude al inmueble el perito de Arrenta / Seguros Occident para hacer una inspección con el objetivo de verificar el estado actual del inmueble, constatar la ocupación ilegal por terceros, y levantar acta técnica de la imposibilidad de uso por parte de los arrendatarios legítimos. Aunque no se notificó ni compartió con nosotros el resultado del peritaje, ni se ofreció explicación posterior del procedimiento. Quisimos solicitar formalmente copia del informe del perito a Arrenta y/o Seguros Occident, de la visita pericial como prueba de que la ocupación que fue verificada y confirmada oficialmente y resaltar que se continuó facturando servicios (como la electricidad) y reclamando rentas incluso después de esta inspección, lo que podría considerarse una práctica abusiva o incluso fraudulenta, pero se nos fue negado este informe. Cuarto burofax – 15 de abril de 2025 Dado que el contrato indicaba que la empresa gestionaba el alta del suministro eléctrico con Repsol, y que jamás pudimos habitar el inmueble ni tener acceso al mismo, el día 15 de abril de 2025 enviamos un cuarto burofax informando que: ● Procedíamos a dar de baja el servicio eléctrico contratado a nuestro nombre pero gestionado por la inmobiliaria, ya que dicho suministro estaba siendo utilizado por okupas ilegales ajenos al contrato. ● Dejábamos constancia de esta medida como consecuencia directa del incumplimiento contractual, evitando así cargos indebidos y protegiendo nuestros intereses económicos y legales. Era evidente que la buena fe contractual sólo había existido por nuestra parte. En contraste, la actuación de AlquilaTuHogar no solo era negligente, sino profundamente inhumana y carente de ética profesional, dejándonos sin herramientas reales para defendernos más que la vía judicial. ACOSO TELEFÓNICO POR PARTE DE EMPRESA DE RECOBRO (ISGF) EN NOMBRE DE PROMONTORIA Mientras aún esperábamos una respuesta formal de la inmobiliaria AlquilaTuHogar, comenzamos a recibir llamadas agresivas y correos electrónicos por parte de una empresa de recobro externa: ISGF Informes Comerciales S. L. Inicio: 4 de abril de 2025, alrededor de las 10:00 am, ISGF se puso en contacto por primera vez con Sebastián, titular del contrato. Desde ese día, el acoso telefónico fue persistente y desmedido: ● Las llamadas comenzaron desde las 8:00 de la mañana, cualquier día de semana. ● En ningún momento demostraron voluntad de escuchar ni de entender la situación legal que habíamos comunicado a la inmobiliaria por burofax. ● Se presentaban como representantes legales de “su cliente Promontoria”, lo que confirmaba que el fondo había delegado la presión y recobro a una entidad externa mientras ignoraba nuestras reclamaciones legítimas. Reclamación por uso indebido de datos Tras casi interdiario y durantes unos 20 días realizaron llamadas invasivas y para cobrar el mes de marzo y abril sin nosotros haber habitado ni un solo día en el inmueble por la okupación ilegal. El día 23 de abril de 2025 respondimos formalmente a ISGF mencionando nuestros derechos bajo el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD). En esta comunicación: ● Solicitamos el cese inmediato del contacto telefónico y por cualquier otro canal no autorizado. ● Reiteramos que no estaban autorizados a tratar con nuestros datos ya que eran “encargados” pero se identificaban como ISGF con su logotipo, email, etc. ● Advertimos que procederíamos con una denuncia formal ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) por uso y tratamiento indebido de datos. Respuesta de ISGF: cierre del expediente Tras nuestra reclamación, ISGF respondió confirmando que eliminarían el expediente y cesarían todo tipo de comunicación. Desde entonces, cesó el acoso, lo que confirma que: ● Sabían que estaban actuando fuera de la legalidad. ● El objetivo de su intervención era coaccionar y presionar, sin atender al fondo del conflicto ni a la realidad jurídica de lo ocurrido. INICIO DE DENUNCIAS A ORGANISMOS PERTINENTES Tras semanas de falta de respuesta efectiva, evasivas, acoso telefónico y vulneración de derechos, decidimos iniciar acciones formales ante organismos oficiales para protegernos y dejar constancia del trato abusivo recibido por parte de AlquilaTuHogar, Promontoria MACC Residencial, Promontoria MACC Re Socimi S.A.U, y la empresa de recobro ISGF. 14 de abril de 2025 – Solicitud de intervención del Ministerio de Consumo El día 14 de abril, presentamos una solicitud formal de intervención ante el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, explicando detalladamente: ● La anulación de hecho del contrato de arrendamiento por la ocupación ilegal previa a la entrada, sin nunca haber disfrutado del bien contratado. ● La evasiva de la empresa AlquilaTuHogar ante nuestras reclamaciones, incluso después de varios burofaxes. ● La intervención agresiva de la empresa de recobros ISGF, que en lugar de resolver la situación, incrementó la presión psicológica. La solicitud tuvo como objetivo activar la vía institucional para abrir un expediente de consumo, dado que las prácticas descritas se enmarcan dentro de actuaciones comerciales desleales, abuso de posición de poder, y vulneración de derechos como consumidores e inquilinos. 24 de abril de 2025 – Reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) Posteriormente, el día 24 de abril, presentamos una reclamación ante la AEPD dirigida a dos entidades: ● AlquilaTuHogar, por la cesión y tratamiento indebido de datos personales, al compartir información del contrato con terceras entidades como ISGF sin consentimiento explícito, y sin base legal sólida en la ejecución del contrato. ● ISGF Recuperación Judicial, por contacto y acoso, utilizando datos autorizados según Promontoria en una cláusula abierta del contrato, y continuando el contacto incluso después de haber sido advertidos de ello. La reclamación detalló los hechos cronológicamente y adjuntó pruebas de las llamadas, correos y comunicaciones previas, señalando vulneraciones directas a los artículos 5, 6, 13 y 14 del RGPD, así como a la LOPDGDD. Estas acciones representan el inicio de una vía administrativa y de protección de derechos fundamentales, mientras en paralelo se continúa construyendo la vía legal (civil y penal) con el apoyo de profesionales del derecho. Como conclusión inicial y por las actuaciones de la empresa y el comercial entendimos que el caso no era un error puntual ni un hecho aislado, sino que podía encajar dentro de un modus operandi que nos resulta sospechoso: ● La rápida e inimaginable okupación ilegal pocas horas después de los 20 minutos en los que estuvimos en el piso para la entrega de llaves y retirada de la alarma por parte del técnico y comercial de la inmobiliaria. ● El rápido acceso por segunda o tercera vez de las mismas personas al piso, sin que mediara ninguna medida de seguridad efectiva tras la primera intervención policial. ● La ausencia total de medidas de prevención o advertencia por parte de la empresa, a pesar de conocer (o al menos tener indicios) de esta problemática. Negando saber información sobre anteriores okupaciones en el inmueble o edificio, que según se supo más tarde por comentarios vecinales, ya se habían producido problemas previos. Todo esto nos lleva a plantear una sospecha razonable de que estuviésemos ante un caso típico de lo que en España se conoce como “venta de llaves”, una práctica ilegal mediante la cual mafias o redes organizadas comercializan el acceso a viviendas vacías, muchas veces con la complicidad por omisión o negligencia de terceros. A pesar de haber cumplido rigurosamente con todos los requisitos —reserva, fianza, documentación, firma de contrato y recepción formal de llaves— nos vimos totalmente desprotegidos, emocional y económicamente devastados, y obligados a vivir bajo un estrés constante, con nuestras pertenencias paralizadas y con el riesgo permanente de perder el dinero invertido. Perfecto, aquí tienes el bloque redactado en continuidad con el estilo anterior, integrando los medios contactados y sus respectivas respuestas, sin recargar de fechas exactas pero manteniendo la línea cronológica clara y profesional: DIFUSIÓN DEL CASO Y CONTACTO CON MEDIOS DE COMUNICACIÓN O REDES SOCIALES Ante la falta de respuesta efectiva por parte de Alquilatuhogar y la gravedad de los hechos sufridos, comenzamos un proceso de contacto con diferentes medios de comunicación, redes sociales y plataformas para difundir el caso y buscar respaldo público, jurídico y mediático. El 04 de abril de 2025, nos comunicamos con el equipo de investigación de un reconocido medio nacional. Si bien nos confirmaron haber recibido el material y mencionaron que lo enviarían a las áreas correspondientes para evaluar si era de interés, no hemos tenido una segunda respuesta ni seguimiento posterior. No recordamos con exactitud la fecha cuando encontramos el primer artículo publicado en Consumidor Global, aunque creemos que fue alrededor del 30 de marzo de 2025. Este artículo fue de gran ayuda, ya que abordaba otros incidentes relacionados con Alquilatuhogar, incluyendo denuncias por no devolución de fianzas, conexiones ilegales de suministros y otras irregularidades. La cobertura mediática ha sido fundamental para dar voz a las personas afectadas y evidenciar un patrón de prácticas cuestionables por parte de la empresa. ● https://www.consumidorglobal.com/hogar/alquilatuhogar-haya-inmobiliaria-cobros-pis os-fianza_10749_102.html del 27 de mayo de 2024 JuanMa del Olmo. ● https://www.consumidorglobal.com/hogar/infierno-inmobiliarias-alquilatuhogar-haya_ 10797_102.html del 30 de mayo de 2024 Alejandro Tercero García Con lo cual nos pusimos en contacto directo con Juan Manuel del Olmo, periodista de Consumidor Global, quien accedió a documentar y publicar nuestra historia tras recibir la información y documentación acreditativa del caso. El artículo fue publicado el 23 de abril de 2025, bajo el título “Alquilatuhogar y el escándalo de okupaciones e irregularidades”, disponible en el siguiente enlace: https://www.consumidorglobal.com/noticias/alquilatuhogar-escandalo-okupaciones-irregulari dades_14623_102.html Además, consultamos a Fabián Acuña Toledo, un reconocido influencer español especializado en asesoría inmobiliaria a través de TikTok y otras redes, quien al revisar nuestro contrato confirmó que contenía cláusulas abusivas y que existían fundamentos legales para su anulación. Paralelamente, el 09 de abril iniciamos comunicación con el equipo de Trustpilot para conocer la veracidad y los mecanismos de validación de reseñas dejadas en su plataforma sobre Alquilatuhogar, algunas de las cuales presentan indicios y patrones de manipulación o encubrimiento de malas prácticas, ya que cuando se publica una reseña mala aparecen el mismo días otras mas buenas sin contenido real lo que puede mostrar que intentan mantener a flote una reputación online de visibilidad, pero que si se contrasta con las negativas deja mucho que desear. También el 16 de abril contactamos con el equipo de atención de Idealista, portal en el que se había publicado originalmente el anuncio del inmueble, solicitando información sobre la gestión de propiedades y la responsabilidad de las agencias intermediarias. Idealista nos comunicó que pueden proceder a ayudarnos siempre que nos movamos legalmente y presentemos las denuncias a la plataforma. Este esfuerzo de contacto y difusión ha sido crucial para consolidar el relato, visibilizar el patrón de presuntas irregularidades de la empresa, y comenzar a formar una red de personas afectadas o informadas sobre el caso. ACCIONES AISLADAS Y ASESORAMIENTOS LEGALES COMPLEMENTARIOS El 9 de abril de 2025, asistimos a una cita que ya estaba pautada previamente por mi hermano Sebastián con un abogado de oficio en los juzgados de Plaza de Castilla (Madrid). Aunque por nuestros ingresos no cumplimos los requisitos para acceder a este tipo de representación legal gratuita, la abogada que nos atendió sí nos brindó asesoramiento puntual. Tras revisar el contrato y escuchar los hechos, nos confirmó que el contrato podía ser anulado tanto por la existencia de cláusulas abusivas como por la inexistencia de una entrega pacífica, real y efectiva del inmueble, ya que el piso se encontraba okupado por terceros antes de la mudanza de nuestra mudanza real. En paralelo, el 11 de abril nos pusimos en contacto con el Sindicato de Inquilinas, conscientes de que este tipo de colectivos están especializados en asesorar a personas afectadas por conflictos de vivienda y prácticas abusivas, especialmente en casos vinculados a fondos buitre. Su respuesta llegó el 22 de abril, tras el parón de Semana Santa, animándonos a participar en sus reuniones abiertas. Mi hermano asistió a una de estas reuniones el viernes 25 de abril, donde pudo comentar el caso y recibir orientación básica. Yo no pude asistir por compromisos laborales, pero mantenemos el contacto con el colectivo y planeamos volver a participar en una nueva reunión el viernes 10 de mayo, con la intención de formalizar la inscripción y recibir acompañamiento legal y colectivo frente a la situación que atravesamos. Estas acciones, aunque puntuales, han sido parte importante de nuestro esfuerzo por comprender el marco legal, recabar apoyo especializado y abrir nuevas vías de defensa y visibilización del caso.